Establecen protocolo para denuncias de casos de corrupción
Publicado el: 27/01/2020 9:26
En dicho protocolo se especificó los delitos o faltas administrativas que pueden ser denunciados, algunos de ellos: enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, extorsión, cohecho, soborno, extorsión, asociación criminal, lesión de confianza, estafa, declaración falsa y prevaricato.
Las denuncias se pueden presentar en la SENAC de las siguientes formas: escrito, verbal (con formulario), linea baja (021) 220-002/3, al WhatsApp 0961-505660, al correo electrónico info@senac.gov.py y al portal de denuncias www.denuncias.gov.py.
En las UTAS e instituciones adheridas por convenios, las denuncias se pueden presentar por escrito o ante el responsable, de forma verbal (con formulario), línea baja, correo electrónico y el portal www.denuncias.gov.py.
Las denuncias deben tener los datos del denunciante, relato preciso de los hechos e identificación del funcionario denunciado. En caso de existir, se debe adjuntar documentos, filmaciones, audios u otros.
En el caso del portal www.denuncias.gov.py, la denuncia puede ser anónima o con los datos protegidos del denunciante. La SENAC o las UTAS valorarán si existen méritos para indagar en estos casos.
Algunos de los criterios para admitir las denuncias son: que se trate de corrupción pública o falta administrativa, que el denunciado esté identificado, que afecte al Poder Ejecutivo o a una institución adherida por convenio, así como que el daño sea económico o que haya alterado el servicio.
Una vez recibida la denuncia, la SENAC puede derivar a la correspondiente unidad de Transparencia, acumular a otra anterior si se tratare de un similar caso, desestimar por no ser corrupción pública o falta administrativa, entre otros.
La investigación preliminar durará un máximo de 60 días hábiles, aunque luego se puede prorrogar por similar lapso de tiempo. Sí el caso es complejo, por única vez la indagación se puede extender nuevamente por 60 días.
Una vez finalizado la investigación preliminar y su posterior consecuencia administrativa, los documentos serán publicados en la página web institucional a fin de fomentar la transparencia gubernamental.
La resolución completa se encuentra disponible en el siguiente enlace: http://bit.ly/2uxazUd. También puede leerlo en la pestaña "Resoluciones" que está en el portal www.senac.gov.py.
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